participación
Mostrando entradas con la etiqueta participación. Mostrar todas las entradas

31 de octubre de 2023

APORTACIONES AL PROYECTO DE DECRETO DEL SISTEMA DE ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

 


Entre el 2 y el 30 de octubre de 2023 el Gobierno del Principado de Asturias presentó a información pública la Propuesta de decreto del Sistema de Archivos Administrativos del Principado de Asturias, su gestión documental y régimen de acceso. Consultado el expediente y analizada la propuesta de decreto publicados en Asturias Participa, desde la AAPA hemos presentado las siguientes aportaciones:


1) Expresamos nuestra absoluta sorpresa e indignación al leer en la memoria justificativa que durante el período de consulta pública en el portal de Asturias Participa (del 04/11/2020 a 18/11/2020), no se recibieron aportaciones. La AAPA informó a los responsables del portal de participación de un problema en la web que no registraba o guardaba las aportaciones realizadas (en plazo). Debido a esta incidencia técnica y siguiendo las instrucciones facilitadas por Asturias Participa, nuestras aportaciones fueron enviadas por correo electrónico a participa@asturias.org, poniendo en copia al entonces Director General de Gobernanza Pública, Transparencia, Participación Ciudadana y Agenda 2030 (José Antonio Garmón Fidalgo), al jefe del Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos, Documentación y Participación Ciudadana (Miguel Ángel Peláez Gegúndez) y al jefe de la Sección de Publicaciones, Transparencia y Participación Ciudadana (Gustavo Marcelino Fernández Presedo) responsables de la iniciativa. El 15/12/2020 Asturias Participa acusó recibo indicando se le daba traslado al órgano responsable para su inclusión en el expediente. [Puedes leer lo que publicamos entonces en nuestra web].

2) Después de tres años de aparente inactividad (a juzgar por lo que se ha hecho público del expediente), nos preocupa la incertidumbre en torno a la tramitación de una disposición de este calado, con un texto tan técnicamente deficiente y en un momento de reordenación de la estructura orgánica del Gobierno del Principado de Asturias. Máxime cuando en el Decreto 73/2023, de 18 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo las competencias del ámbito de aplicación de este decreto se encuentran duplicadas en dos servicios (el Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos y Documentación y el Servicio de Estrategia en Inteligencia Artificial, Innovación y Simplificación Administrativa). Sin que eso haya sido aún aclarado o corregido, la práctica totalidad de los documentos del expediente publicado han sido firmados el 07/09/2023 y el 15/09/2023 (solo el primer documento del expediente, que se corresponde a la consulta pública de 2020, está fuera de esa horquilla temporal).

3) Se perpetúa una regulación compartimentada únicamente centrada en los archivos de la Administración del Principado de Asturias, mientras se mantiene el vacío jurídico de una ley sobre gestión de documentos y archivos para el conjunto del Principado de Asturias. En la actualidad la única comunidad autónoma sin dicha regulación sectorial.

4) El espíritu de la propuesta de decreto no aborda las nuevas necesidades organizativas, los cambios conceptuales que ha traído la administración electrónica y apenas aporta novedades respecto a la normativa ya existente (Decreto 21/1996, de 6 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del sistema de archivos administrativos del Principado de Asturias; Resolución de 3 de marzo de 1999, de la Consejería de Cooperación, por la que se desarrolla del Decreto 21/1996, de 6 de junio, regulador del sistema de archivos administrativos del Principado de Asturias). Por ejemplo, hace alusión al archivo electrónico único en el preámbulo, lo incluye entre las definiciones, pero no así en sus disposiciones, ni especifica por tanto su alcance y funcionamiento dentro del sistema.


5) La regulación de un sistema de archivos debiera contemplar, al menos, los siguientes elementos:

  • - la normativa que lo justifica y desarrolla,
  • - los órganos de gobierno y gestión del sistema y sus funciones,
  • - los órganos colegiados de asesoramiento y cooperación y sus funciones,
  • - los archivos y subsistemas dentro del sistema,
  • - la política de funcionamiento y planificación del sistema,
  • - la dotación de recursos materiales y/o tecnológicos,
  • - la definición de los recursos humanos necesarios.

6) No se contempla la obligación de documentar la acción pública en el Gobierno y la Administración del Principado de Asturias, organismos autónomos y demás entes públicos. Y no solo en lo que afecta a las actuaciones sujetas a procedimiento administrativo sino, también, a la toma de decisiones y el ejercicio de los representantes públicos de estas instituciones. En cumplimiento del marco jurídico vigente de transparencia y buen gobierno debería trasponer al ámbito del Gobierno del Principado de Asturias la gestión de los documentos públicos producidos por los altos cargos en el desarrollo de sus funciones públicas.

7) Es preocupante la omisión de la Política de Gestión de Documentos del Principado de Asturias ya vigente (aprobada por resolución de 22 de marzo de 2016, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana) y que vertebra el diseño, la producción y la gestión de documentos administrativos a lo largo de todo su ciclo de vida y en cumplimiento del marco jurídico de administración electrónica.

8) En materia de acceso a los documentos por los interesados, el derecho de acceso a la información pública y su relación con la publicidad activa y la reutilización de información, este texto está escasamente desarrollado y puesto en relación con otras políticas y disposiciones del Gobierno del Principado de Asturias, por ejemplo, en lo que afecta a la protección de datos de carácter personal y su gestión coordinada con los delegados de protección de datos.

9) En el estudio coste y beneficio del expediente NORM/2020/34 se indica que no es necesario el incremento de medios personales ni materiales, no afectando a la organización administrativa ni a los recursos disponibles. Consideramos que, a la luz del retraso que lleva el Gobierno del Principado de Asturias en la implantación, por ejemplo, del archivo electrónico único, sí es preciso el refuerzo de los recursos personales y materiales ya que la estructura administrativa ha crecido en el último tiempo, también las competencias, y la implantación de la administración electrónica necesita profesionales especializados. No sin antes solventar el elevado número de vacantes que actualmente existen en estos perfiles profesionales dentro de la Relación de Puestos de Trabajo del Gobierno del Principado de Asturias.

10) Desde la perspectiva formal de este decreto, consideramos muy necesaria su revisión terminológica para corregir imprecisiones, adecuarlo a la doctrina archivística y alinearlo con las normas internacionales y el marco jurídico vigente. También vemos aconsejable una revisión jurídica detallada para mejorar la técnica normativa y dotar de coherencia al texto, estructurando correctamente las disposiciones y su interrelación con el marco jurídico vigente a efectos de citas e interdependencias.

Solicitamos, pues, se tengan en consideración nuestras aportaciones y, como hemos demostrado en numerosas ocasiones, quedamos a disposición del Gobierno del Principado de Asturias para alcanzar una regulación a la altura de los tiempos y que redunde en un mejor servicio a la ciudadanía.

En Oviedo, a 29 de octubre de 2023
Registro de entrada: ENT20231069764
CSV: 14615034156630175750 

25 de mayo de 2023

DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN EN ARCHIVOS

Con motivo del 40 aniversario de BAMAD Galicia (Asociación de Profesionales de los Archivos, Bibliotecas, Museos y Centros de Documentación de Galicia), la AAPA fue invitada a participar en la jornada «Democracia y participación en bibliotecas y archivos», celebrado en Santiago de Compostela el pasado 6 de mayo de 2023, con el siguiente programa: 

La exposición Participación y democracia en los archivos corrió a cargo de la presidenta de la AAPA, Fátima Rodríguez Coya, que posteriormente participó también en la mesa de debate con representantes de diferentes asociaciones profesionales (BAMAD, ACAL, APEI, ANABAD Cantabria y FESABID). 


Puedes recuperar todos los vídeos de la jornada en esta lista de reproducción: Xornada Democracia e Participación en Bibliotecas e Archivos - BAMAD Galicia - 40 aniversario.  


Gracias a nuestros compañeros de BAMAD Galicia por esta jornada y nuestras más sentidas felicitaciones por esos 40 años de entrega.


13 de septiembre de 2021

APORTACIONES AL REGLAMENTO DE RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA DEMOCRÁTICA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Asturias Participa. Audiencia e información para la propuesta de decreto

Entre el 12 de agosto y el 10 de septiembre de 2021 se abrió a audiencia e información pública el Proyecto de decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias. Analizado el texto del proyecto expuesto en Asturias Participa, desde la AAPA hemos presentado las siguientes aportaciones: 
_______________________________

La Asociación de Archiveros y Gestores de Documentos del Principado de Asturias (AAPA) fiel a sus fines de defensa y promoción de los principios, derechos y libertades democráticas con el fin de asegurar las garantías documentales propias del Estado social y democrático de Derecho y de los derechos humanos universalmente reconocidos, en relación al proceso de audiencia e información pública relativo a  la propuesta de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias (NORM 2021-60) alega lo siguiente:

Siendo el objetivo de este reglamento el desarrollo y concreción de las funciones, instrumentos y procedimientos necesarios para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1/2019, consideramos imprescindible la regulación de aquellos que hagan posible no solo la consulta y uso de los documentos como fuente primaria de información para divulgar la memoria democrática de Asturias, sino su tratamiento y protección con plenas garantías de autenticidad, integridad y fiabilidad para que su validez jurídica no se vea comprometida en los procesos de identificación y defensa de los derechos de las víctimas.

La mera recopilación de documentos sin un adecuado tratamiento y descripción del contexto, fines y funciones con los que se han producido, aún con la mejor de las intenciones, podría comprometer su uso en procesos judiciales o administrativos en defensa de los derechos de las víctimas y la depuración de responsabilidades. Debe entenderse que no estamos ante supuestos de mero interés cultural, sino ante el tratamiento y protección de documentos de los que derivan responsabilidades y derechos fundamentales. Por este motivo, se considera de vital importancia regular en este reglamento el procedimiento para la identificación y tratamiento de esos documentos que, dentro del ámbito de la Ley 1/2019, servirán para alcanzar sus objetivos.

Partiendo de esas premisas, solicitamos tengan en consideración las siguientes aportaciones:

1) Reglamentar la especial protección y tratamiento de los fondos documentales que son fuente primaria de información para los procedimientos de identificación de víctimas y personas desaparecidas, el descubrimiento de restos humanos y la defensa de los derechos de las víctimas. Esta regulación será también extensiva al tratamiento de los documentos en los que se sustancian los procedimientos y actuaciones que llevadas a cabo dentro del alcance de la Ley 1/2019.

2) Establecer un sistema de información y gestión de documentos que permita administrar la información y los fondos documentales de especial relevancia para garantizar y hacer efectivos los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.  Normalizando al menos:
  • a. La identificación y localización de los fondos.

  • b. La descripción de los documentos, prestando especial atención a la identificación de las personas, lugares y hechos que puedan resultar relevantes para los fines de la Ley 1/2019.

  • c. El formato y estructura de la información para garantizar su trazabilidad y favorecer su explotación, dando especial preponderancia a la facilidad de uso para las personas y el empleo de datos estructurados y abiertos, que permitan el tratamiento automatizado y el intercambio con otras instituciones.

  • d. La obtención de copias de los documentos sin necesidad de abono de tasa pública.


3) 
Establecer las alianzas institucionales necesarias para el acceso e intercambio de información que pueda resultar relevante para el acceso a fondos documentales de especial relevancia para el alcance de la Ley 1/2019.

  • a. Entre las que quedan fuera del territorio del Principado de Asturias, para el intercambio de información que permita conocer la existencia y consultar documentos que aluden a personas, hechos y lugares vinculados con la memoria democrática de Asturias.

  • b. Entre las existentes dentro del territorio del Principado de Asturias, coordinando la identificación y tratamiento de esos documentos para que puedan estar al servicio de los fines de la Ley 1/2019 y aportando los medios materiales y organizativos necesarios para ello. En este sentido, impulsar la implicación de las entidades locales, la Universidad, las entidades memorialistas y cualquier otra entidad pública o privada que pudiera conservar entre sus fondos información relevante para la materia, con especial atención a las eclesiásticas, penitenciarias, militares y judiciales.

4) Velar contra la ocultación intencionada, la denegación injustificada de consulta, la apropiación indebida o la destrucción de documentos que pudieran resultar relevantes para los derechos de verdad, justicia y reparación. (Un aspecto en el que sería conveniente incorporar en una actualización de la Ley 1/2019 para su incorporación al régimen sancionador).

5) Considerar la intervención del Gobierno del Principado de Asturias en la protección de documentos que siendo relevantes para los fines de la Ley 1/2019 se encuentren ante tal riesgo de deterioro que pueda verse comprometida su integridad.

En Oviedo, a 10 de septiembre de 2021

CSV: 13524720022735130707
Registro: ENT20210758634


7 de diciembre de 2020

CONSULTA PÚBLICA: PROYECTO DEL DECRETO DEL SISTEMA DE ARCHIVOS ADMINISTRATIVOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS


Durante el mes de noviembre, el Gobierno del Principado de Asturias, a través de su web Asturias Participa, ha realizado una consulta pública sobre el Proyecto de decreto por el que se regula la organización y funcionamiento del sistema de archivos administrativos del Principado de Asturias, para recibir aportaciones por parte de la sociedad civil. 

Como consecuencia del tiempo transcurrido desde la publicación del Decreto 21/1996, de 6 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del sistema de archivos administrativos del Principado de Asturias, plantearon una primera llamada, sin texto de referencia, para recoger ideas sobre cómo articular una nueva regulación en la materia. Según datos de la misma web, el objetivo será el siguiente: 
La Administración del Principado de Asturias pretende regular la organización y funcionamiento del sistema de archivos administrativos, incluyendo todos los archivos de la Administración del Principado de Asturias, Organismos Autónomos y Entes Públicos, no solo por el mero cumplimiento de las disposiciones legales, sino para mejorar el servicio público y facilitar el acceso a todas las personas, estableciendo una organización, estructura y funciones de acuerdo con la normativa vigente que impulsa el funcionamiento electrónico de todas las administraciones públicas.

Fieles a los fines de la AAPA y en respuesta a esta iniciativa participativa directamente relacionada con los intereses de nuestra asociación, presentamos los siguientes comentarios:
_______________________________

Alineado con los principios que rigen su razón de ser y con el marco jurídico y normativo nacional e internacional para la gestión de documentos, la Asociación de Archiveros y Gestores de Documentos del Principado de Asturias (AAPA) considera que carece de sentido un nuevo decreto que perpetúe la organización y tratamiento de los documentos centrada en los espacios donde se encuentren físicamente custodiados.

Urge trasponer a la legislación autonómica, y especialmente aplicar, unas exigencias legales que ya deberían ser de obligado cumplimiento, dado que la legislación citada en esta consulta previa ya está en vigor. Es así que, en el contexto de una administración obligadamente electrónica, lo que procede es regular la gestión de documentos a lo largo de todo su ciclo de vida y cómo se articulará el archivo electrónico único.

De un modo más concreto y si lo que se pretende es mejorar el servicio público con un funcionamiento más eficiente de la organización y facilitar el acceso a la información pública, consideramos de vital importancia tener en consideración lo siguiente:

  • > Contemplar la obligación de documentar la acción pública en el Gobierno y la Administración del Principado de Asturias, organismos autónomos y demás entes públicos. No solo en lo que afecta a las actuaciones sujetas a procedimiento administrativo sino, también, a la toma de decisiones y el ejercicio de representante público de estas instituciones.

  • > El derecho de acceso a la información como principio rector, condicionando las excepciones únicamente por el cumplimiento de las exigencias en materia de protección de datos personales y aquellas otras excepciones aplicables a datos de especial protección por motivos de seguridad.

  • > La Política de Gestión de Documentos del Gobierno del Principado de Asturias como eje para fijar los criterios, pautas y estrategias que guiarán la producción, transferencia/captura, tratamiento, acceso y conservación de los documentos gestionados en la organización, con el fin de asegurar su autenticidad, fiabilidad y disponibilidad a lo largo del tiempo.

  • > Contemplar la gestión de documentos desde el diseño de los mismos, para que la producción de documentos públicos esté orientada a una administración electrónica ágil y eficiente, que cumpla con las exigencias jurídicas y favorezca el tratamiento de la información para garantizar la calidad de los datos, su acceso y reutilización.

  • > Impulsar la reutilización de la información de los documentos públicos dentro de su contexto, para el efectivo cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. También, y muy especialmente, para el cumplimiento del derecho a no presentar documentos que ya obran en poder de la administración, por simplificación administrativa y mejor servicio público.

  • > Transparencia sobre la propia gestión de documentos, planteando protocolos e indicadores públicos para su seguimiento.

  • > Establecer medidas para el cumplimiento de lo exigido a nivel orgánico, en su planificación y dotación de recursos materiales y humanos, así como en lo que respecta a un régimen sancionador de referencia ante posibles incumplimientos.

Todo ello sin olvidar que sigue faltando una regulación autonómica que dé amparo a la gestión de documentos públicos en la región. Un vacío jurídico que lleva décadas postergado y está generando una profunda brecha en el cumplimiento entre entidades públicas asturianas que parten de peores circunstancias que el Gobierno del Principado de Asturias y que también deberían ser de su responsabilidad, a tenor de lo establecido en el Estatuto de Autonomía (tómese como referencia las entidades locales de la región).

*Debido a un problema técnico, nuestras aportaciones no aparecen publicadas en la web, pero han sido recibidas por el órgano responsable. 

1 de junio de 2018

APORTACIONES AL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA

Entre el 3 y el 31 de mayo de 2018 se abrió a audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se  desarrolla  la  Ley  19/2013,  de  9  de  diciembre,  de Transparencia,  Acceso  a  la Información Pública y Buen Gobierno.

Analizados el texto del proyecto de real decreto y su memoria del análisis de impacto normativo, desde la AAPA hemos presentado aportaciones cuyo objetivo es poner de relevancia que la gestión de documentos es la base para la transparencia, el derecho de acceso a la información pública y el buen gobierno.

Puedes hacer seguimiento a este trámite legislativo desde el Portal de la Transparencia.


Puedes consultar el texto completo aquí: Aportaciones de la AAPA al proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno (2018) (pdf: 232 KB)

© AAPA - Archiveros de Asturias